- Poder y solicitud mediante Abogado.
- Contrato de trabajo por tiempo definido de un (1) año.
- Fotocopia del aviso de operaciones de la empresa
- Certificado expedido por la Dirección general de Registro Publico, donde conste la personera jurídica de la sociedad;
- Fotocopia legible de la ultima planilla de la Caja de Seguro Social.
- Fotocopia legible del carné de migración
- Fotocopia legible del pasaporte en la parte donde conste los datos generales del trabajador.
- Certificado de estatus migratorio
- Cuatro (4) fotos tamaño carné
- Fundamento Legal: Artículo sexto del Decreto Ejecutivo No. 17 de 11 de mayo de 1999.
Importante: El trabajador debe ganar un salario de MIL DÓLARES (1000.00) dólares
en adelante.