Este permiso de residencia aplica para las personas que son contratadas por la empresa privada dentro del 10% del personal panameño ordinario o 15% del personal de confianza contratado para trabajar en la empresa privada.
Este porcentaje dentro del 10% del personal panameño ordinario es el establecido en el Código de trabajo, aplica la regla del 10 x 1, es decir por cada 10 panameños contratados la empresa podrá contratar a un (1) extranjero.
En el caso de los trabajadores contratados dentro del 15% del personal de confianza, se debe demostrar que el extranjero trabaja en cargos gerenciales y de confianza.
Estos permisos de trabajo son otorgado por el tiempo de dos (2) años prorrogable por períodos iguales hasta completar diez (10) años.
Es importante señalar que este tipo de permiso se otorga para trabajar exclusivamente en la empresa con la cual se solicita, en caso de cualquier cambio el trabajado o la empresa deberá notificar a el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral y trámitar nuevamente su permiso de trabajo con la nueva empresa.
Requisitos: