Trabajador contratado dentro del 10% o 15%
Este permiso de residencia aplica para las personas que son contratadas por la empresa privada dentro del 10% del personal panameño ordinario o 15% del personal de confianza contratado para trabajar en la empresa privada.
Este porcentaje dentro del 10% del personal panameño ordinario es el establecido en el Código de trabajo, aplica la regla del 10 x 1, es decir por cada 10 panameños contratados la empresa podrá contratar a un (1) extranjero.
En el caso de los trabajadores contratados dentro del 15% del personal de confianza, se debe demostrar que el extranjero trabaja en cargos gerenciales y de confianza.
Estos permisos de trabajo son otorgado por el tiempo de dos (2) años prorrogable por períodos iguales hasta completar diez (10) años.
Es importante señalar que este tipo de permiso se otorga para trabajar exclusivamente en la empresa con la cual se solicita, en caso de cualquier cambio el trabajador o la empresa deberá notificar a el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral y trámitar nuevamente su permiso de trabajo con la nueva empresa.
Requisitos:
- Poder y solicitud mediante Abogado.
- Contrato de trabajo por tiempo definido de un (1) sujeto a la aprobación del permiso de trabajo.
- Fotocopia del aviso de operación de la empresa
- Certificado de la sociedad expedido por el Registro Público
- Fotocopia legible del recibo de pago de la planilla de la CSS
- Certificación del Contador Público Autorizado donde conste la cantidad de empleados panameños y la de empleados extranjeros
- Fotocopia legible del carné de migración del solicitante
- Fotocopia legible del pasaporte en la parte donde conste los datos generales del trabajador.
- Certificado donde conste el status migratorio
- Cuatro (4) fotos tamaño carné
- Fundamento Legal: Artículo sexto del Decreto Ejecutivo No. 17 de 11 de mayo de 1999.
Importante: El trabajador debe ganar un salario mínimo de Ochocientos Cincuenta Dólares (USD.850.00) en adelante.
Le daremos toda la ayuda necesaria para obtener este permiso