En Panamá los extranjeros con residencia permanente pueden obtener la ciudadanía panameña mediante el proceso de naturalización, siempre que hayan cumplido con el tiempo establecido en el artículo 10 de la Constitución Política de Panamá.
Dicho artículo establece tres opciones, de las cuales los extranjeros interesados en obtener la ciudadanía panameña deben cumplir al menos una:
- Los extranjeros con cinco (5) años consecutivos de residencia en el territorio de la República, sí, después de haber alcanzado su mayoría de edad, declaran su voluntad de naturalizarse, renuncian expresamente a su nacionalidad de origen o a la que tengan y comprueban que poseen dominio del idioma español y conocimientos básicos de geografía, historia y organización política panameñas.
- Los extranjeros con tres (3) años consecutivos de residencia permanente en el territorio de la República, que tengan hijos nacidos en ésta, de padre o madre panameños o cónyuge de nacionalidad panameña, si hacen la declaración y presentan la comprobación de que trata el aparte anterior.
- Los nacionales por nacimiento, de España o de un Estado latinoamericano, si llenan los mismos requisitos que en su país de origen se exigen a los panameños para naturalizarse.
Beneficios de obtener la Ciudadanía Panameña
- Tener un pasaporte panameño, el cual le permite viajar a 129 países del mundo sin necesidad de visa.
- Tener una cédula de identidad panameña, que le otorga el derecho a voto para las elecciones a presidente y a todos los cargos políticos dentro de su circuito electoral.
- Podrá ejercer cualquier profesión en Panamá, previo cumplimiento de algunos requisitos especiales dependiendo de cada carrera.
- Participar en la obtención de becas de estudios destinadas para nacionales panameños.
- Ejercer el comercio al por menor, que actualmente por mandato constitucional es exclusivo para panameños.
- En materia fiscal podrá gozar de todos los beneficios fiscales que ofrece Panamá y cuyos impuestos son de los más bajos de la región.
Requisitos para aplicar a la ciudadanía panameña
Para aplicar a la obtención de la ciudadanía panameña el extranjero deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Poder y solicitud mediante abogado.
- Presentar una declaración jurada rendida ante un Notario Público de Panamá, en la cual deberá manifestar su deseo libre y espontáneo de acogerse a la nacionalidad panameña.
- Certificación de estatus migratorio, donde conste que tiene el tiempo establecido en la ley para solicitar la ciudadanía panameña.
- Certificación y copia autenticada del carnet de residente permanente, expedida por el Tribunal Electoral.
- Certificado médico de buena salud.
- Certificación de antecedentes penales de Panamá.
- Prueba de solvencia económica propia, que puede ser accreditada mediante la presentación de cualquiera de estos documentos:
- Declaración de Renta
- Carta de trabajo y ficha de la Caja de Seguro Social
- Carta de referencia bancaria de un banco de la localidad.
- Paz y salvo de renta nacional.
- Copia completa del pasaporte autenticada por el cónsul o Embajada del país correspondiente con la debida certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Fotos tamaño carnet ( las mujeres en ropa formal y los hombres en saco y corbata)
- Formulario de antecedentes personales donde conste toda la información del solicitante, sus ingresos, redes sociales, domicilio, entre otras.
- Presentar examen de conocimientos generales de geografía, historia y organización política de Panamá, para lo cual se le dará una fecha y un temario para realizarlo ante el Tribunal Electoral.
Proceso de Naturalización
Para la obtención de la ciudadanía panameña, se deberán presentar todos los requisitos ante el Servicio Nacional de Migración. Una vez recibida la solicitud y evaluada se remite el expediente al Ministerio de Seguridad Pública quien en conjunto con los estamentos de seguridad nacional investigan el buen desempeño del extranjero en el Territorio Nacional.
El solicitante debe presentar el examen de conocimientos generales de geografía, historia y organización política de Panamá ante Tribunal Electoral de Panamá.
Concluido estos trámites anteriores, se resuelve otorgar mediante una carta de naturaleza firmada por el Presidente de la República de Panamá, la ciudadanía panameña a favor del solicitante, quien es juramentado por el Gobernador de la Provincia de Panamá en un acto solemne.
Debido a lo importante del procedimiento, y a la verificación exhaustiva de los antecedentes de los solicitantes, el procedimiento para obtener la ciudadanía panameña puede tardar como mínimo un (1) año o más.
Importante saber
Los Residentes temporales no aplican a la Naturalización, es decir que mantener una residencia temporal, provisional o ser parte de un programa especial migratorio como: Crisol de Razas, Regularización Migratoria, Refugiados, no les permite aplicar para este trámite y obtener la ciudadanía panameña.
Si usted está interesado en obtener la ciudadanía Panameña, en MÚDATE A PANAMÁ puede contactarnos, nuestro equipo lo asesorará en todo lo que necesite. Escríbenos al email: consultas@mudateapanama.com