Residencia como Trabajador por 10%
Este tipo de residencia aplica para las personas extranjeras contratadas por las empresas privadas en Panamá. El 10% es el porcentaje legal que permite la ley para contratar dentro del personal panameño ordinario a extranjeros, es una regla del 10×1, esto aplica tanto en salario como en número de empleados.
Requisitos:
- Cheque certificado o de gerencia por la suma de B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Cheque certificado o de gerencia por la suma de ochocientos dólares B/. 800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Copia de todas las hojas del pasaporte original, con una validez mínima de seis (6) meses.
- Ocho (8) fotografías tamaño carnet.
- Carta de responsabilidad en papel membrete de la empresa, en la cual se exprese que la empresa y el trabajador han suscrito un contrato de trabajo, en la posición y con el salario respectivo que no podrá ser inferior a US$850.00. De igual manera se necesita que se exprese la responsabilidad de la empresa con respecto a su trabajador de todos los gastos en que incurra durante su estadía en el país e inclusive de su repatriación en caso de que el permiso fuese negada.
- Cuatro (4) ejemplares del contrato de trabajo, en el cual se especifique que el mismo entra en vigencia con la aprobación del permiso de trabajo y es un contrato definido de un (1) año, renovable según acuerdo entre las partes y sujeto a las disposiciones del Código de Trabajo.
- Fotocopia del Aviso de Operación de la empresa.
- Certificados de Registro Público de la empresa.
- Poder especial del Representante legal de la empresa a favor del abogado.
- Fotocopia de la última planilla de la Caja de Seguro Social, con el original para ser cotejada el día de la presentación.
- Comprobante de Aviso de entrada del trabajador en el Seguro social, con copia del carnet.
- Paz y salvo nacional de rentas de la empresa.
- Copia de un recibo de servicio público donde conste la dirección del interesado.
- Certificado de antecedentes penales de su país de origen.
- Planilla del seguro social con capacidad dentro del 10% en el total de salario como en el total de empleados panameños (10 panameños x 1 extranjero).
- Todos los documentos procedentes del extranjero deben estar apostillados o autenticados.
Nota: Todos los documentos procedentes del extranjero deben venir apostillados.
Le daremos toda la ayuda necesaria para obtener este permiso