Visa de corta estancia para trabajador remoto (Nómada digital)
Podrán aplicar a esta visa de corta estancia las personas que deseen trabajar desde Panamá por un período corto de tiempo hacia otros países. Este permiso de residencia se otorga de manera temporal por nueve (9) meses y cumplido este tiempo podrán prorrogar su estadía por un período igual, previo cumplimiento de los mismos requisitos antes presentados.
Pueden aplicar tantas personas que trabajen para empresas extranjeras y trabajadores independientes siempre que prueben su solvencia económica no inferior a TRES MIL DÓLARES (USD.3000.00) mensuales y mantengan un seguro de salud.
Requisitos:
- Poder y solicitud mediante abogado
- Copia completa del Pasaporte notariada
- Antecedentes penales emitido en su país de origen debidamente apostillado o autenticado
- Certificado médico expedido por un médico en Panamá
- Pago de USD 250.00 a favor del Tesoro Nacional
- Pago de USD 250.00 a favor del Servicio Nacional de Migración
- Contar con una póliza de seguro válida por el tiempo de su estancia en Panamá.
- Carta de la empresa, en papel membrete, firmada por el representante legal, en la que se indique el cargo y funciones ejercidas, ingresos mensuales, modalidad de trabajo y compromiso de asumir los costos de regreso a su país de origen
- Declaración Jurada del solicitante de no aceptación de otro tipo de trabajo en Panamá mientras esté vigente su visa de corta estancia como trabajador remoto.
- Certificación bancaria o estado de cuenta donde acredite los ingresos percibidos en virtud de su condición laboral o prestación de sus servicios, esta podrá ser de un banco extranjero o local.