En Panamá existen una serie de profesiones restringidas para extranjeros, es decir que únicamente pueden ser ejercidas por panameños.
Para aplicar al permiso de residencia en calidad de extranjero profesional el título debe ser de una profesión distinta a las más abajo enumeradas.
Esta disposición tiene su sustento jurídico en el artículo 20 de la Constitución Nacional de Panamá que reza así :
“ARTICULO 20. Los panameños y los extranjeros son iguales ante la Ley, pero ésta podrá, por razones de trabajo, de salubridad, moralidad, seguridad pública y economía nacional, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinadas actividades a los extranjeros en general. Podrán, asimismo, la Ley o las autoridades, según las circunstancias, tomar medidas que afecten exclusivamente a los nacionales de determinados países en caso de guerra o de conformidad con lo que se establezca en tratados internacionales.”
A continuación pasamos a detallarle el listado de dichas profesiones:
- Enfermería. Ley 1 de 1954.
- Odontología.Ley 22 de 1956.
- Ingeniería Civil y Arquitectura.Ley 15 de 1959.
- Ingenierías en general.
- Sistemas tecnológicos, computación y afines.
- Ciencias agrícolas.Ley 22 de 1961.
- Farmacia. Ley 24 de 1963.
- Quiroprácticos.Decreto 8 de 1967.
- Nutrición.Decreto 362 de 1969.
- Decreto 196 de 1970.
- Psicología.Ley 56 de 1975.
- Asistente Médico.Decreto 32 de 1975.
- Ley 57 de 1978.
- Ley 67 de 1978.
- Ley 74 de 1978.
- Relaciones Públicas.Ley 37 de 1980.
- Fonoaudiología, terapistas y similares.Ley 34 de 1980.
- Economía.Ley 7 de 1981.
- Trabajo Social. Ley 17 de 1981.
- Medicina Veterinaria.Ley 3 de 1983.
- Ley 47 de 1984
- Radiología Médica.Ley 42 de 1980.
- Ley 9 de 1984.
- Asistente Dental.Ley 21 de 1994
En el caso que usted tenga una licenciatura de una profesión restringida para extranjeros, pero su maestría sea de una profesión que si se le permita ejercer, puede solicitar la equivalencia de ambos títulos ante la Universidad de Panamá y aplicar al permiso de residencia en calidad de extranjero profesional con este último.
En Múdate a Panamá estamos a la orden para resolver sus consultas o dudas sobre las profesiones que se encuentran restringidas para extranjeros profesionales. Adicional le damos un acompañamiento legal desde el trámite de equivalencia del título, hasta la obtención de la residencia y permiso de trabajo como extranjero profesional.
Contáctanos a consultas@mudateapanama.com o a nuestros teléfonos +507-6614-6583 / 309-0134, estamos para servirles!